SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 5 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 195
En los casos en que el Banco de Previsión Social solicite la
fiscalización de los Estados Contables de los Seguros Convencionales por
Enfermedad a la Auditoría Interna de la Nación, ésta realizará los
controles selectivos que estime convenientes sobre los mismos.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 341/997 de 16/09/1997 artículo 9.