SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 8 - MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Artículo 297
Fusiónanse las Unidades Ejecutoras 003, "Dirección Nacional de Metrología
Legal" y 006, "Comisión Nacional de Energía Atómica", con las Unidades
Ejecutoras 001, "Dirección General de Secretaría", y 011, "Dirección
Nacional de Tecnología Nuclear", respectivamente. Suprímese la Unidad
Ejecutora 012, "Centro de Asistencia y Contralor Industrial".
Las asignaciones de bienes, ingresos presupuestales y
extrapresupuestales, cometidos y atribuciones de las unidades ejecutoras
que se suprimen, pasarán a integrar las unidades ejecutoras de destino.