SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 8 - MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Artículo 304
Créase un Fondo anual especial equivalente a $ 450.000 (pesos
cuatrocientos cincuenta mil) para atender los requerimientos de un
Programa Nacional de Competitividad Industrial, que abarque las áreas de
tecnología, calidad y productividad, a desarrollar por el Centro Nacional
de Tecnología y Productividad Industrial del Ministerio de Industria,
Energía y Minería. Dicho Fondo podrá utilizarse siempre que el sector
privado aporte igual cantidad.