SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 14 - MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 451
Facúltase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente a destinar hasta U$S 315.000 (dólares de los Estados Unidos de
América trescientos quince mil) con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y
Urbanización, en concepto de contrapartida para la ejecución del Programa
Credimat de acuerdo al contrato de préstamo y aporte financiero suscrito
el 23 de noviembre de 1993 con el Kredistanstalt fur Wiederaufbau en el
marco del Convenio sobre Cooperación Financiera celebrado el 20 de agosto
de 1993 entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el
Gobierno de la República Federal de Alemania.
El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
podrá destinar el producido de los costos administrativos a cargo de los
organismos ejecutores intermedios, a cubrir los costos operacionales que
demande la ejecución del programa.