SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 17 - TRIBUNAL DE CUENTAS
Artículo 519
Autorízase al Tribunal de Cuentas a gestionar una partida por una sola
vez a efectos de solventar los gastos que demande la planificación, la
preparación, la realización y la difusión de los resultados del XVI
Congreso de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras
Superiores (INTOSAI) a efectuarse en nuestro país en el año 1998, como así
también las erogaciones que demande al Tribunal de Cuentas el ejercicio de
la presidencia del organismo mundial hasta el año 2001.