SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 19 - TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Artículo 553
Será aplicable a los funcionarios de la Unidad Contable, Escalafón
"D", lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero
de 1994.
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales correspondientes.