SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 19 - TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Artículo 562
Las partidas asignadas en forma global, el Tribunal de lo Contencioso
Administrativo las distribuirá entre los distintos Rubros y Programas que
componen su Presupuesto, lo que comunicará a la Contaduría General de la
Nación y al Tribunal de Cuentas.