SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 25 - ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA
Artículo 567
Increméntase el Rubro 9 "Asignaciones Globales" en $ 5:850.000
(pesos cinco millones ochocientos cincuenta mil), con vigencia 1º de
enero de 1995, con destino a financiar el déficit presupuestal del Ente.
Esta partida será de $ 5:850.420 (pesos cinco millones ochocientos
cincuenta mil cuatrocientos veinte) a partir del 1º de enero de 1996.