SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 26 - UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA
Artículo 585
Todos los créditos de la Universidad de la República se distribuirán
entre los siguientes programas presupuestales: Programa 1 "Funcionamiento"
Programa 2 "Inversiones" Programa 3 "Bienestar Universitario".