PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 26 - UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA

Artículo 594

 Asígnanse a la Universidad de la República las partidas anuales que a
continuación se indican:

     $ 25:300.000 (pesos veinticinco millones trescientos mil) con
destino a la instrumentación de nuevos planes de estudio, acortamiento
en la duración de las carreras, creación y desarrollo de la carrera
docente, actividades académicas en el interior del país, instrumentación
de post-grados académicos y profesionales, y apertura de nuevas carreras
cortas de carácter terciario.

     $ 7:900.000 (pesos siete millones novecientos mil) con destino a la
instrumentación de redes y sistemas de información académica, mejora de
gestión incluyendo adquisición de equipos informáticos, capacitación,
reconversión de recursos humanos y reinserción de científicos.

    $ 5:700.000 (pesos cinco millones setecientos mil) con destino a
recuperación y mantenimiento del patrimonio edificio de la Universidad y
gastos para la instalación de la nueva sede de la Facultad de Ciencias.
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