DECLARACION DE PLAGA NACIONAL. PIOJERA OVINA




Promulgación: 24/05/1996
Publicación: 06/06/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1110
Reglamentada por: Decreto Nº 110/997 de 09/04/1997.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

 (De los Predios de Riesgo II). Los predios con antecedentes de piojera
ovina y con evidencia de no haber efectuado o haber realizado
incorrectamente los tratamientos oficiales correspondientes y aquellos
cuyos propietarios y ocupantes no denunciaran la existencia de la
parasitosis de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º, podrán ser
declarados "de riesgo" para piojera ovina. (*)
Referencias al artículo
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