Decláranse comprendidos en los beneficios establecidos por la Ley Nº 16.629, de 28 de noviembre de 1994, a los Jefes de los Cuerpos de Servicios del Ejército que hayan pasado o pasen a situación de retiro a partir de la fecha de vigencia de dicha ley, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 196 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de
noviembre de 1984 (Orgánico del Ejército).