LEY CRISTAL. FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 23/12/1998
Publicación: 08/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1463
Reglamentada por: Decreto Nº 30/003 de 23/01/2003.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - AMBITO DE APLICACION Y DEFINICIONES

Artículo 3

A los efectos del Capítulo II de la presente ley se entiende por
corrupción el uso indebido del poder público o de la función pública, para
obtener un provecho económico para sí o para otro, se haya consumado o no
un daño al Estado. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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