ELECCIONES NACIONALES. ELECCIONES INTERNAS DE LOS PARTIDOS POLITICOS




Promulgación: 24/12/1998
Publicación: 05/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1487
Referencias a toda la norma

Artículo 3

En las elecciones internas se aplicarán, en lo pertinente, todas las
disposiciones que rigen las elecciones nacionales, contenidas en la Ley
Nº 7.812, de 16 de enero de 1925, sus modificativas y complementarias,
que no se opongan a lo previsto especialmente por la Disposición
Transitoria W) de la Constitución de la República y por la presente ley.
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