JUEGOS DE AZAR




Promulgación: 10/09/1999
Publicación: 23/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 606
Reglamentada por: Decreto Nº 349/999 de 05/11/1999.

Artículo 2

 (Requisitos de autorización).- La autorización a la que refiere el
artículo 1º de la presente ley se concederá a las personas físicas o
jurídicas que organicen los citados eventos y que acrediten su idoneidad
y su solvencia moral o patrimonial, según los casos, y brinden la
información del concurso, sorteo o competencia respectivo, todo ello en
los términos que disponga la reglamentación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Referencias al artículo
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