JUEGOS DE AZAR




Promulgación: 10/09/1999
Publicación: 23/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 606
Reglamentada por: Decreto Nº 349/999 de 05/11/1999.

Artículo 5

 (Reglamentación).- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un
plazo de sesenta días contados a partir de su vigencia, estableciendo las
normas complementarias que sean menester para el cumplimiento de la misma
y determinando la fecha máxima para que las personas que en la actualidad
desarrollan las actividades descritas en el artículo 1º de la presente
ley, cumplan los requisitos y brinden la información dispuesta por la
misma. (*)
Referencias al artículo
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