MODIFICACION DEL CODIGO DE PROCESO PENAL




Promulgación: 31/12/1999
Publicación: 13/01/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1561
Ver vigencia: Ley Nº 17.506 de 18/06/2002 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Sustitúyese el artículo 22 del Código del Proceso Penal (Ley Nº 16.893,
de 16 de diciembre de 1997), por el siguiente:
"ARTICULO 22. (Clases de jurisdicción).-
22.1. La jurisdicción penal nacional es común o especial, y se extiende a
los delitos y faltas cometidos en el territorio nacional, y a los
cometidos en el extranjero en los casos establecidos por leyes o
tratados.
22.2. Es jurisdicción común la que se atribuye a los tribunales que
integran el Poder Judicial a que este Código se refiere y es jurisdicción
especial la que se asigna a órganos ajenos a dicho Poder".

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