SECCION III - ORDENAMIENTO FINANCIERO CAPITULO II - FONDOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD
Artículo 40
Establécese que el Fondo Especial de Tutela Social, instituido por el
decreto-ley Nº 15.569, de 1º de junio de 1984, constituye Fondos de
Terceros, no considerándose Recursos de Afectación Especial.