El Estado promoverá la creación de la carrera de intérprete de Lengua de
Señas Uruguaya, de nivel terciario, y los mecanismos necesarios para
validar los certificados expedidos o que se expidan por parte de
instituciones privadas con relación a esta carrera, tanto como en las
condiciones de habilitación de los formadores de docentes de Lengua de
Señas Uruguaya.