Transfiérense al Inciso 02 "Presidencia de la República", programa 001
"Determinación y Aplicación de la Política de Gobierno", unidad ejecutora
001 "Presidencia de la República y Oficinas Dependientes", con destino a
la Junta Nacional de Drogas, los cargos y contratos de función pública,
así como los créditos presupuestales correspondientes al Programa de
Hábitos Tóxicos perteneciente al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública",
programa 003 "Control de Calidad de la Atención Médica", unidad ejecutora
070 "Dirección General de la Salud".
La presente norma será reglamentada por el Poder Ejecutivo, quedando
facultada la Contaduría General de la Nación a efectuar las
trasposiciones de créditos necesarias. (*)