SECCION II - RACIONALIZACION DE LA ESTRUCTURA POLITICA DEL ESTADO
Artículo 7
Cométese al Poder Ejecutivo, en cumplimiento de lo dispuesto por el
inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República, la
elaboración de un proyecto de ley estableciendo la descentralización a
nivel departamental y regional, de los procesos de gestión de la
Administración Central, así como de los entes autónomos y servicios
descentralizados.
Asimismo, encomiéndase al Poder Ejecutivo la reglamentación e
implementación de lo dispuesto por el artículo 643 de la Ley Nº 17.296,
de 21 de febrero de 2001. (*)