TITULO IX - DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS CAPITULO I - NORMAS GENERALES
Artículo 126
(Aplicación del Código Tributario).- El incumplimiento de las
obligaciones dispuestas en esta ley dará lugar a la aplicación de las
normas sobre infracciones y sanciones contenidas en el Capítulo V -
Sección Primera del Código Tributario (decreto-ley Nº 14.306 de 29 de
noviembre de 1974). (*)