TITULO III - ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO III - COMISION ASESORA Y DE CONTRALOR
Artículo 28
(Duración y reelección).- Los miembros de la Comisión durarán en el
ejercicio de sus funciones por igual período que los del Directorio,
pudiendo ser reelectos.
Su representación estará a cargo de un Presidente y un Secretario,
quienes serán designados cada dos años por la Comisión, conjuntamente con
el Vicepresidente y el Prosecretario, en un mismo acto; pudiendo ser
designados nuevamente para el desempeño de dichos cargos.
Quienes desempeñen dichos cargos deberán ser de distintas profesiones. (*)