TITULO III - ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO IV - DE LOS EMPLEADOS
Artículo 41
(Sufragio e inelegibilidades).- Los empleados no podrán ser electores ni
elegibles para ninguno de los órganos de Dirección de la Caja, salvo que
sean, además, profesionales amparados en ejercicio de actividad libre, en
cuyo caso tendrán únicamente la calidad de electores. (*)