DECLARACION DIA DE RECORDACION DE LOS MARTIRES ARMENIOS




Promulgación: 26/03/2004
Publicación: 13/04/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 661

Artículo 2

 Las emisoras del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y 
Espectáculos, tanto radiales como televisivas, deberán en esa fecha 
destinar parte de su programación a la recordación de dichos sucesos.

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