REGULACION DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO Y WARRANTS




Promulgación: 03/06/2004
Publicación: 09/06/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1362

Artículo 3

 Los certificados de depósito atribuyen a su legítimo tenedor el derecho 
exclusivo de retirar los bienes del depósito y de disponer de los mismos; 
los warrants, a su vez, atribuyen un derecho de crédito sobre una suma de 
dinero, garantizado mediante la prenda de los referidos bienes consignada 
en el título.
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