VIOLENCIA SEXUAL CONTRA NIÑOS, ADOLESCENTES O INCAPACES




Promulgación: 06/09/2004
Publicación: 14/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 516
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 (Retribución o promesa de retribución a personas menores de edad o 
incapaces para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo). 
El que pagare o prometiere pagar o dar a cambio una ventaja económica o 
de otra naturaleza a persona menor de edad o incapaz de cualquier sexo, 
para que ejecute actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, será 
castigado con pena de dos a doce años de penitenciaría.
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