SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 20/12/2004
Publicación: 24/12/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1437

Artículo Unico

   Prorrógase en trescientos días corridos y a partir del vencimiento
referido en el artículo único de la Ley N° 17.650, de 3 de junio de 2003,
el plazo establecido por el artículo 16 de la Ley N° 17.449, de 4 de
enero de 2002.

BATLLE - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO - ISAAC ALFIE
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