PROMOCION DE LA PARTICIPACION SOLIDARIA DE PARTICULARES EN ACTUACIONES VOLUNTARIAS PARA INSTITUCIONES PUBLICAS O PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO




Promulgación: 12/08/2005
Publicación: 19/08/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 455
Referencias a toda la norma

Artículo 10

 (De la promoción de los beneficios para la participación).- Las
instituciones públicas que promuevan la participación voluntaria en
actividades de interés general, procurarán obtener bonificaciones o
reducciones en el costo de medios de transporte público u otros
beneficios análogos que posibiliten el cumplimiento de las funciones
asignadas a los voluntarios.
Ayuda