CAPITULO V - DE LAS DEROGACIONES DE DISPOSICIONES PENALES
Artículo 18
Deróganse el artículo 72 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000
(artículo 346 bis del Código Penal); el artículo 76 de la Ley Nº 17.243,
de 29 de junio de 2000 (artículo 348 bis del Código Penal) y la Ley Nº
17.549, de 22 de agosto de 2002.