AUTORIZACION A LOS GOBIERNOS DEPARTAMENTALES EL INGRESO A INMUEBLES PARTICULARES PARA OPERACIONES DE LIMPIEZA DE TRONCOS Y MALEZA CONSECUENCIA DE LA TORMENTA DEL 23 DE AGOSTO DE 2005
Las Intendencias Municipales, con el Cuerpo de Bomberos del
departamento, realizarán un relevamiento previo de las situaciones donde
sea necesaria la intervención, dejándose constancia mediante acta
suscripta por ambos organismos.
La necesidad de intervención y la facultad de resarcimiento económico a
que hacen mención el artículo anterior y el inciso primero del presente
artículo, se harán conocer a través de emplazamiento público.
Ejecutada la intervención que se considere necesaria, se dejará expresa
constancia de los recursos empleados, mediante acta suscripta por
escribano público, así como de la conformidad del propietario o sus
dependientes que se encontraran presentes al momento de efectuarse las
tareas, o de la negativa a hacerlo en caso de que así lo manifestasen.