SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA
REPUBLICA INCISO 25 - ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA
Artículo 427
Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) a
continuar el Programa con financiamiento externo, correspondiente al
Préstamo Nº 7113/UR, del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
(BIRF) "Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria".
De los créditos presupuestales incluidos en las partidas globales
establecidas por el artículo 424 de la presente ley, se destinará a dicho
programa como asignación presupuestal expresada en pesos uruguayos, el
siguiente detalle:
EJERCICIO RENTAS GENERALES ENDEUDAMIENTO EXTERNO
$ $
2006 60.161.288 156.322.878
2007 62.566.418 175.844.076
2008 65.068.017 169.080.639
2009 67.674.015 162.565.644