MODIFICACION AL CODIGO PENAL. ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL. GENOCIDIO. CRIMENES DE LESA HUMANIDAD. CRIMENES DE GUERRA




Promulgación: 25/09/2006
Publicación: 04/10/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 723
Referencias a toda la norma

PARTE II
CRIMENES Y PENAS
TITULO II CRIMENES DE LESA HUMANIDAD
CAPITULO 2 CRIMENES DE LESA HUMANIDAD - ACTOS AISLADOS

Artículo 23

 (Privación grave de la libertad).- El que cometiera el delito previsto
en el artículo 281 del Código Penal siendo agente del Estado o que sin
serlo hubiera contado con la autorización, apoyo o aquiescencia de uno o
más agentes del Estado, será castigado con seis a doce años de
penitenciaría.
Ayuda