La Comisión Especial estará integrada por cinco miembros:
A) Un delegado designado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, quien la presidirá.
B) Un delegado designado por el Banco de Previsión Social.
C) Un delegado designado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
D) Un delegado designado por el Poder Ejecutivo a propuesta del
Plenario Intersindical de Trabajadores-Convención Nacional de
Trabajadores (PIT-CNT).
E) Un delegado designado por el Poder Ejecutivo a propuesta de la
Asamblea Nacional de Ex Presos Políticos del Uruguay (CRYSOL),
Comisión por el Reencuentro de los Uruguayos (CRU) y del Servicio
Ecuménico para la Dignidad Humana (SEDHU).