SECCION III - FUNCIONARIOS CAPITULO 1 - NORMAS GENERALES
Artículo 46
Declárase que lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 17.930, de
19 de diciembre de 2005, no es aplicable a los funcionarios en comisión
al amparo de los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 9.843, de 17 de julio de
1939, en la redacción dada por el artículo 166 de la Ley Nº 17.296, de 21
de febrero de 2001.