Reglamentada por: Decreto Nº 224/007 de 25/06/2007.
(Documentación de trabajo).- Los patronos de las/os trabajadoras/es del servicio doméstico, deberán extender recibo de sueldo en las condiciones dispuestas por el artículo 10 de la Ley Nº 16.244, de 30 de marzo de 1992, y normas reglamentarias.