PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. MOZOS DE CORDEL




Promulgación: 17/06/2007
Publicación: 26/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1238
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en
virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, 
alcanzará a los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de 
cobertura (artículos 7º y 10 del decreto ley Nº 15.180, de 20 de agosto 
de 1981), así como aquellos que aún continúen en el goce del referido 
beneficio. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a 
partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en 
todos los casos.-
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