APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2006




Promulgación: 31/08/2007
Publicación: 07/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 489
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 07 MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 176

 Sustitúyese el artículo 10 de la Ley Nº 3.606, de 13 de abril de 1910,
por el siguiente:

     "ARTICULO 10.- Créase un sistema de habilitación, registro y control
     higiénico sanitario, de empresas que se dediquen al lavado y
     desinfección de animales, camiones, contenedores, buques, aeronaves,
     boxes, caballerizas, locales de venta de animales, exposiciones y
     todo otro lugar donde concurran, depositen o transporten animales o
     productos de origen animal, a cargo del Inciso 07 "Ministerio de
     Ganadería, Agricultura y Pesca", de acuerdo a lo que establezca la
     reglamentación respectiva".
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