SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 12
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 235
Asígnase al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", unidad ejecutora 070
"Dirección General de la Salud", grupo 0 retribuciones personales, una
partida anual de $ 10:555.176 (diez millones quinientos cincuenta y cinco
mil ciento setenta y seis pesos uruguayos) con cargo a Rentas Generales,
con destino a crear un régimen de funciones inspectivas en el área de la
salud, de alta dedicación y especialización con incompatibilidades y
sujeto a la aceptación de un compromiso de gestión, según la
reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo al respecto.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 590/008 de 01/12/2008 artículo 8.