SECCION VI - OTROS INCISOS INCISO 24
DIVERSOS CREDITOS
Artículo 309
Habilítase en el Inciso 24 "Diversos Créditos" las siguientes partidas en
moneda nacional a fin de apoyar la producción textil según el siguiente
detalle:
SECTOR 2007 2008 2009
Peinaduría de Lana 50:000.000 25:000.000 -
Hilados, Tejido de Punto,
Tejidos
Planos y otros 50:000.000 75:000.000 25:000.000
TOTAL 100:000.000 100:000.000 25:000.000
Las partidas autorizadas en la presente norma se financiarán con cargo a
lo dispuesto por el artículo 120 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de
2006.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición dentro de los
treinta días de la promulgación de la presente ley, dando cuenta a la
Asamblea General.