APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2006




Promulgación: 31/08/2007
Publicación: 07/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 489
Referencias a toda la norma

SECCION II - FUNCIONARIOS
CAPITULO II - SISTEMA INTEGRADO DE RETRIBUCIONES Y OCUPACIONES

Artículo 41

 Créase un cargo de Gerente de Area de Planificación y Gestión Financiero
Contable, Escalafón CO "Conducción", Subescalafón CO3 "Alta Conducción",
Grado 17, en las unidades ejecutoras 001 y 004 del Inciso 02 "Presidencia
de la República", y en las unidades ejecutoras 001 de los Incisos 06
"Ministerio de Relaciones Exteriores", 08 "Ministerio de Industria,
Energía y Minería", 11 "Ministerio de Educación y Cultura", 12 "Ministerio
de Salud Pública" y 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente".

 Los Incisos mencionados precedentemente, con el previo asesoramiento de
la Oficina Nacional del Servicio Civil, propondrán al Poder Ejecutivo el
perfil requerido para el cargo que se crea en este artículo, así como las
demás condiciones relativas a los concursos correspondientes para su
provisión.

 La Contaduría General de la Nación habilitará en cada unidad ejecutora de
los Incisos mencionados, en el grupo 0 "Servicios Personales", una partida
anual de $ 860.738 (ochocientos sesenta mil setecientos treinta y ocho
pesos uruguayos) a valores de enero de 2008, incluidos aguinaldo y cargas
legales, a efectos de financiar la retribución de dichos cargos. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 20.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 41.
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