Reglamentada por: Decreto Nº 523/008 de 27/10/2008.
Sin perjuicio de lo estipulado en los artículos 20 y 21, precedentes, queda exonerado el biodiesel nacional del Impuesto Especifico Interno (IMESI) por un periodo de 10 (diez) años, a partir de la promulgación de la presente ley.