Para integrar el Sistema Nacional Integrado de Salud es preceptivo que
las entidades públicas y privadas cuenten con órganos asesores y
consultivos representativos de sus trabajadores y usuarios. La
reglamentación determinará la naturaleza y forma de los mismos, según el
tipo de entidades de que se trate.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:14, 53 y 77 (vigencia).