Reglamentada por: Decreto Nº 2/008 de 08/01/2008.
Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Salud Pública, a adecuar sus programas y redistribuir los créditos presupuestales a los efectos de atender los costos de funcionamiento de la Junta Nacional de Salud.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 77 (vigencia).