Reglamentada por: Decreto Nº 2/008 de 08/01/2008.
La Junta Nacional de Salud, de acuerdo a las normas que dicte el Ministerio de Salud Pública, establecerá y asegurará los mecanismos de referencia y contra referencia entre los distintos niveles de atención.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 77 (vigencia).