CREACION DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD




Promulgación: 05/12/2007
Publicación: 13/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1369
Reglamentada por: Decreto Nº 2/008 de 08/01/2008.
Referencias a toda la norma

Artículo 73

 El Fondo Nacional de Recursos mantendrá su autonomía administrativa en
los términos de la Ley Nº 16.343, de 24 de diciembre de 1992, y demás
disposiciones aplicables. Los aportes a que refieren los literales A), B)
y C) del artículo 3º de la Ley Nº 16.343, de 24 de diciembre de 1992,
serán sustituidos por una cuota única por cada beneficiario del Seguro
Nacional de Salud que la Junta Nacional de Salud le reembolsará.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 77 (vigencia).
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