Ver vigencia: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículos 2, 242 (derógase lo
relativo al "Programa Uruguay Trabaja" y manteniéndose vigentes los
mecanismos de financiación establecidos en el marco de dicha normativa).
Reglamentada por: Decreto Nº 222/008 de 23/04/2008.
(Funcionamiento).- El Ministerio de Desarrollo Social solicitará a los
organismos públicos la identificación de tareas de apoyo para el
desarrollo de sus actividades, de valor público, que puedan realizarse en
el marco del Programa "Uruguay Trabaja". Seleccionará las que resulten
acordes a los objetivos del Programa y convendrá su realización con los
organismos u organizaciones indicados en el inciso final del
artículo 1º. (*)