Facúltase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a
celebrar contratos de función pública de carácter permanente con los
trabajadores que actualmente desempeñan tareas en dicha Administración y
que fueran contratados en condición de eventuales, de acuerdo con lo
establecido por la Ley Nº 17.960, de 26 de abril de 2006.