Reglamentada por: Decreto Nº 414/009 de 31/08/2009.
Ver: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 189 (declara que se exceptua a
UTE, ANTEL y OSE, de las limitaciones para brindar información a los
Gobiernos Departamentales).
CAPITULO V - BASES DE DATOS DE TITULARIDAD PUBLICA
Artículo 27
Excepciones al derecho a la información.- Lo dispuesto en la presente ley
no será aplicable a la recolección de datos, cuando la información del
titular afecte a la defensa nacional, a la seguridad pública o a la
persecución de infracciones penales.