Establécese que a los efectos del cumplimiento de la normativa sobre la
obligación de dotar de cinturones de seguridad a unidades de transporte
escolar de pasajeros, los plazos para su cumplimiento serán establecidos
por resolución del Poder Ejecutivo.
Dicha decisión deberá considerar las adaptaciones necesarias para que la
flota que presta los servicios ofrezca las condiciones de seguridad
requeridas.
TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI - DAISY TOURNE - MARIA SIMON